Elección Inconstitucional y Absurda
Contra viento y marea el Frente Amplio impuso una elección de alcaldías que se realizará en mayo. Y que tiene el inmediato antecedente de una declaración pública de la Corte Electoral, señalando enfáticamente que ya no hay tiempo para informar al electorado ni para eliminar por vía de la reglamentación los vacíos y dudas que plantea un texto legal problemático. Elaborado —
decimos nosotros, no la Corte— a los ponchazos, sin rigor ni inteligencia y en ánimo de sosegar caprichos entronizados.
No obstante estas advertencias el partido de gobierno siguió adelante. Y en mayo se votarán casi 90 alcaldes en todo el país, aplicando normativas que nada tienen que ver con la verdadera descentralización y que sí responden a un afán de politización y burocratización.
Introducir alcaldías electivas —a modo de ejemplo, en Montevideo van a ser 8 y en Canelones 29— no es más que politizar las administraciones y burocratizar de un modo pocas veces visto la actividad de las administraciones departamentales.
Por aparte, la ley aprobada es claramente inconstitucional, tanto por motivos de forma como de fondo. La Constitución establece con claridad meridiana que cualquier modificación legal al régimen electoral solamente se puede aprobar con 2/3 de los votos parlamentarios, exigencia
que fue ignorada por la mayoría frenteamplista, imponiendo un grosero vicio de origen que de ninguna manera podrá ser ignorado en futuras instancias.
Por motivos de fondo, en tanto sin ley se declaran electivos ciertos cargos; sin ley se fijan circunscripciones electorales; sin ley se establece quiénes son los electores.
Y por fin se delegan a las Intendencias atribuciones legales que son del Parlamento y que son absolutamente indelegables.
Esta ley trasnochada nace entonces como fruto de un acuerdo electoral interno del Frente —nadie ignora que la bancada del MPP no lo acompañaba y finalmente lo votó por un acuerdo político— y signada por un futuro debate que para una justicia independiente no puede resultar más que adverso.
Y nace además en un momento en que el período inscripcional ya está cerrado, por lo que incluso se plantearán situaciones perfectamente absurdas, en que por ejemplo un vecino de Malvín podrá postularse en su barrio de residencia pero no podrá votarse al tener una credencial
otorgada en cualquier otro barrio, según sucede con una mayoría de la población que mantuvo su inscripción original en el barrio en el que residía con 18 años.
Disposiciones absurdas, impuestas a sangre y fuego, le provocarán al país un daño importante. Porque así no se hace descentralización, sino la más pura y simple de las changas políticas con vocación clientelística y avidez burocrática.
Contra viento y marea el Frente Amplio impuso una elección de alcaldías que se realizará en mayo. Y que tiene el inmediato antecedente de una declaración pública de la Corte Electoral, señalando enfáticamente que ya no hay tiempo para informar al electorado ni para eliminar por vía de la reglamentación los vacíos y dudas que plantea un texto legal problemático. Elaborado —
decimos nosotros, no la Corte— a los ponchazos, sin rigor ni inteligencia y en ánimo de sosegar caprichos entronizados.
No obstante estas advertencias el partido de gobierno siguió adelante. Y en mayo se votarán casi 90 alcaldes en todo el país, aplicando normativas que nada tienen que ver con la verdadera descentralización y que sí responden a un afán de politización y burocratización.
Introducir alcaldías electivas —a modo de ejemplo, en Montevideo van a ser 8 y en Canelones 29— no es más que politizar las administraciones y burocratizar de un modo pocas veces visto la actividad de las administraciones departamentales.
Por aparte, la ley aprobada es claramente inconstitucional, tanto por motivos de forma como de fondo. La Constitución establece con claridad meridiana que cualquier modificación legal al régimen electoral solamente se puede aprobar con 2/3 de los votos parlamentarios, exigencia
que fue ignorada por la mayoría frenteamplista, imponiendo un grosero vicio de origen que de ninguna manera podrá ser ignorado en futuras instancias.
Por motivos de fondo, en tanto sin ley se declaran electivos ciertos cargos; sin ley se fijan circunscripciones electorales; sin ley se establece quiénes son los electores.
Y por fin se delegan a las Intendencias atribuciones legales que son del Parlamento y que son absolutamente indelegables.
Esta ley trasnochada nace entonces como fruto de un acuerdo electoral interno del Frente —nadie ignora que la bancada del MPP no lo acompañaba y finalmente lo votó por un acuerdo político— y signada por un futuro debate que para una justicia independiente no puede resultar más que adverso.
Y nace además en un momento en que el período inscripcional ya está cerrado, por lo que incluso se plantearán situaciones perfectamente absurdas, en que por ejemplo un vecino de Malvín podrá postularse en su barrio de residencia pero no podrá votarse al tener una credencial
otorgada en cualquier otro barrio, según sucede con una mayoría de la población que mantuvo su inscripción original en el barrio en el que residía con 18 años.
Disposiciones absurdas, impuestas a sangre y fuego, le provocarán al país un daño importante. Porque así no se hace descentralización, sino la más pura y simple de las changas políticas con vocación clientelística y avidez burocrática.
Blogalaxia Tags: uruguay, montevideo, vicepresidente, corrupción, fraude, presidente, intendencia, impuestos, IRPF gobierno, seguridad, ley
1 comentario:
Una prisa muy poco elegante, hay que decirlo: el afán de acomodo y repartija ha barrido hasta con el solapamiento del que normalmente suelen investir sus atropellos constitucionales.
Publicar un comentario