jueves, 11 de noviembre de 2010

Para qué se gastan en modificar el código penal?

No se para qué pierden tiempo en estas estupideces, cuando hacen falta más leyes que apunten a la seguridad de los habitantes honestos, trabajadores, que lo único que quieren es vivir en paz.

Resulta que como el código del niño ya establece para delitos graves, la edad de 13 años, ya está, nos olvidamos del tema y listo.

Pero pregunto, hasta cuándo vamos a seguir con esta historieta de que estas dulces criaturitas, vean borrado su historial al cumplir 18 años?

Pregunto, este chico que mató por lo menos a 2 personas, que se sepa, no?, alguien puede pensar que si a los 17 MATÓ a 2 seres humanos, puede reformarse? Déjense de cosas. Yo no lo creo ni de cerca, porque una cosa es robar, pero quitar 2 vidas y quedarse tan campante? Y después, a los 23 sale más limpito que un ángel?

Estamos totalmente desamparados, quienes trabjamos y tenemos familia, quienes vivimos de forma honesta.

Hagan algo coherente, y déjense de revisar si hay cosas que no están demasiado claras o que se contraponen, hasta ahora, esto no fue un obstáculo para que la justicia actúe, cuando terminen de resolver la seguridad de los ciudadanos, entonces si, se toman un cafecito y arreglen todo lo que está mal.

Extraído de El País
Proyecto elimina delito de abuso de funciones

Código Penal. Tipifica robo de agua y violación al cónyuge

El proyecto de ley del nuevo Código Penal enviado al Parlamento prevé la eliminación del abuso de funciones y el desacato por ofensa, deroga las faltas y suprime el rapto y el estupro. Tipifica el robo de agua.

El proyecto redactado por una comisión de expertos fue elevado por el Poder Ejecutivo al Parlamento esta semana y lleva la firma del presidente José Mujica y los ministros.

El texto deroga "toda referencia a las faltas, pues la experiencia práctica ha determinado que se persiguen sólo en algunos casos muy puntuales".

"La irretroactividad de la ley penal se ha establecido en forma absoluta, lo mismo la retroactividad cuando se suprimen delitos existentes o se disminuye la pena", agrega.

La legítima defensa también sufre modificaciones y se establecen normas para la legítima defensa imprudente. Respecto a la minoría de edad, se mantiene el límite de los 18 años. En el homicidio culposo se elimina la referencia a antecedentes honorables.

Se deroga la pasión provocada por el adulterio infraganti, "pues en realidad se trata de un caso asimilable a la emoción violenta que puede llegar a constituirse en causa de falta de capacidad de culpabilidad".

Se suprime la colaboración con las autoridades como atenuante, "lo que nunca fue aceptado por la doctrina por tratarse de una situación que puede ameritar la delación de otras personas para sustraerse al rigor de la pena, e incluso inculpar a quienes son inocentes".

De los agravantes se eliminan la premeditación y la alevosía, también la superioridad del sexo, "por encontrarlo incompatible en el estado de actual de las relaciones de género". Se suprime el menosprecio a la autoridad y se recomienda eliminar el desacato por ofensas. Se saca el agravamiento de una conducta por influencia de estupefacientes, "cuando el alcohol se considera una causa de atenuación, lo que supone una contradicción por tratarse ambos de drogas".

La pena de violación de correspondencia pasa de multa a prisión y penitenciaría por considerarla "una modalidad grave" y se agrega lo relacionado a mensajes de correo electrónico u otro tipo de documento cerrado. A la interceptación de noticia, telegráfica o telefónica también se le aumenta la pena y se agrega que sea por "artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o la imagen".

Se suprimen todos los tipos de rapto "porque están teñidos de gran vaguedad" y "son innecesarios", ya que se trata de privación de libertad, violación o atentado violento al pudor. Se suprime el estupro "hoy un verdadero anacronismo", y el incesto. A la violación se agregan cónyuge o concubinos y en las presunciones de violencia se baja la edad de 15 a 12 años. En el ultraje violento al pudor se agrega a la posible víctima que sea un cónyuge o concubino.

Se crea el delito de intermediación en adopciones ilegales y como nueva figura el derecho a la disposición de datos. Se tipifica el delito de robo de agua por la alteración de los contadores de OSE, al igual que está penado el robo de energía eléctrica.

Para los "hurtos de bagatela" se pone en marcha el sistema judicial sólo por voluntad de la víctima. Se deroga el mal llamado delito de escrache, incluido en el artículo 145 de delitos contra la paz pública. Se incluye el aire que se respira pensando en contaminación al estilo plombemia.

Se elimina el delito de abuso de funciones, también el de abandono colectivo de funciones y servicios públicos de necesidad o utilidad pública, porque se considera a éste último de dudosa constitucionalidad ya que afecta el derecho de huelga.

También se elimina el desacato por ofensa ya que los funcionarios públicos "se exponen en forma voluntaria a una crítica más severa".

Envían ley para liberar a presos


El ministro del Interior, Eduardo Bonomi, ultima un proyecto de ley de liberaciones masivas de presos que otorga un plazo de un año a los jueces para excarcelar a un recluso con más de dos años sin pena. La iniciativa ingresaría el martes o miércoles al Parlamento.

"Estamos haciendo la exposición de motivos del proyecto de ley que irá al Parlamento. Se trata de un instrumento que permitirá a jueces liberar presos según su criterio", dijo Bonomi a El País.

Se beneficiarán aquellos que cumplieron dos tercios de la pena y aún no tienen condena; mujeres con niños lactantes; internos que hayan cumplido una pena preventiva de dos años y que no tengan causas pendientes y primarios con delitos leves. También abarcará a reclusos con enfermedades terminales y mayores de 70 años que no estén encarcelados por delitos de lesa humanidad.


SOMOS TODOS IGUALES ANTE LA LEY?? YA VEMOS QUE NO, UNOS SON MÁS IGUALES QUE OTROS Y ESTO PASA EN TODO EL SISTEMA JUDICIAL, LAMENTABLE.

Los presos que reincidan deberán cumplir toda la pena conmutada por el proyecto de ley y no recibirán ningún beneficio por el segundo delito. Es decir, no gozarán de libertades provisorias ni otro beneficio de recorte de pena.
El País Digital

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2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hay una realidad por la cual nuestras leyes ya son viejas y obsoletas: hace 25 años los de 16 tal vez eran niños. Yo tenía 13 y jugaba aún con muñecas, hoy las gurisas están chapando en las paradas como si nada (DAN ASCO VERLAS A LOS CHUPONES DESCARADAMENTE). Los varones a los 16 o 17 hoy ya no son niños, son tremendos pelotudos con conciencia suficiente para decidir si seguir estudiando, si robar, si matar, si violar. Tienen la fuerza suficiente para arrastrar a un anciano para robarle su monedero y quebrarle la cadera. Entonces, bajen la edad de imputabilidad carajo! Estos crapulas ademas no pueden llegar a los 18 y que se les borren todas las atrocidades que cometen como si los muertos regresaran a la vida o como si nos devolvieran la tranquilidad y los objetos que nos robaron.. En lugar de joder tanto con la Ley de Caducidad mejor a darnos un poco de seguridad. Me parece bien el centro de rehabilitacion y en tal caso bajaria la imputabilidad a los 14 años y que no se les escapen mas los gurises del INAU que entran por una puerta y salen por la otra. Ah, y yo si fuera del 222 dejaba que se maten a palos el domingo en el clásico, total si el gobierno quiere ir desapareciendo la policia y las fuerzas armadas, si por ellos fuera, no tendriamos quienes nos defendieran, lo mejor que podrian hacer es no cumplir con nada el domingo y cuando vean que se les va la seguridad de las manos van a pensar sin son necesarios los policias y los militares o no. Manga de guarangos!
Saludos cordiales Ciudadana.
MOLY

La Ciudadana dijo...

HOla Moly
totalmente, los bueyes atrás de la carreta como decía mi abuela, se pasan perdiendo el tiempo con boludeces en lugar de resolver hoy lo que nos pasa a los ciudadanos decentes de este país.

Vamos bien.....