jueves, 24 de septiembre de 2009

BPS - Sabías que sos co-deudor o garantía de tu familia?

La verdad es que todavía no salgo de mi asombro, porque son de esas cosas que te pasan y que vienen sin paracaídas...

Ayer mi esposo se entera que a la casa de su padre llegó una citación del BPS por el reclamo de aportes jubilatorios de una empleada doméstica.

Hasta acá todo bien. La persona no reclama impagos ni nada, sólo reclama sus aportes.

Ahora, mi suegro, el contratante y titular de la citación, falleció en el 2001, cosa que esta persona sabía pues estuvo en el velatorio.

Se hizo la sucesión de mi suegro, se terminó el trámite y realmente no había casi nada para "repartir", pero supuestamente las sucesiones se hacen, se publican y se esperan muchos días para que todo aquel que sea acreedor se presente, una vez que pasó ese plazo, los bienes que hubiera pasan a los herederos.

Ahora, el tema, es que esta señora reclama hoy sus aportes jubilatorios desde el año 1999 al 2001, o sea 2 años, y podemos decir que todo bien, aunque podría haber hablado en aquel momento con nosotros, que hubiera sido más sencillo.

Mi suegra falleció en el 2004.

Cuando mi cuñado, que vive actualmente en el domicilio que era de mis suegros, recibe esta citación, se presenta a BPS a averiguar y a notificar que el demandado falleció al igual que su cónyugue, a lo cual, la empleada que lo atiende en BPS, ignora lo que se le está informando, y le dice que la deuda asciende a 11.000 dólares (241.000 pesos) por aportes no pagados por esos 2 años y que los puede pagar en 35 cuotas de 4000 pesos + 37 cuotas de 3.200 pesos (o sea en 72 cuotas) pretendiendo hacerle firmar un documento del BPS como notificado, a lo cual mi cuñado se negó.

En el documento que le dieron, consta que la deuda por aportes es de 54.300 pesos que generan una multa de 12.000 pesos y un recargo de 914.000 pesos, si leíste bien, pero si uno se acoge a no se qué convenio, se reduce esta deuda a la cifra que menciono de 241.000 pesos.

Mi cuñado, casi infartado, sale del BPS sin saber muy bien qué hacer, pues está desempleado desde hace 7 años y no consigue trabajo fijo a pesar de su preparación porque es "viejo", tiene 50 años, vive de algunas changas para ir pagándose la comida en el día a día.

Ahora, todo esto, obviamente repercute en nuestra familia, porque si mi cuñado es co-deudor de una contratación de su padre, su hermano, mi marido, también lo es.

Obviamente, no tenemos forma de saber cuánto cobraba la señora, puesto que ni mi cuñado ni mi marido tenían que ver con esta historia, pero el sueldo que presentan en la citación es imposible que fuera pagado por mi suegro, ella reclama 4.300 pesos de salario y por tanto, lo s aportes sobre éste, y mi suegro de jubilación sacaba 6.000 pesos, o sea, si pagaba ese salario, con qué comía?
Porque la familia de mi marido, no es ni oligarca ni de doble apellido, es gente muy humilde, que necesitaban ayuda porque mi suegra era discapacitada motriz.

Por otro lado, las fechas tampoco las podemos corroborar porque al no estar vivos los contratantes, tenemos que aceptar lo que la señora declara.

Ahora, se que para los préstamos que no incluyen seguro, los sucesores son responsables de esas deudas, pero hay un documento firmado, una fecha de pago, de inicio de la operación y de finalización, y un monto establecido previamente.

Pero, es posible que los hijos de alguien que contrató un trabajador herede la responsabilidad por aportes en BPS?

En primera instancia, lo que pude averiguar por teléfono en BPS, es que la familia es responsable, claro al momento de sacarte plata, apelan a cualquier cosa.

Igualmente me parece de locos, que los hijos de una persona deban responsabilizarse por una situación como esta, y ustedes me dirán, alguien tiene que pagar. Pero cuántas jubilaciones no paga BPS porque la gente no la tramita, tanto por no saber como porque te hacen dar más vueltas que caramelo en la boca, para luego cobrar 3 pesos. Y cuántas jubilaciones no paga de quienes fallecen jovenes y han aportado, y cuántas pensiones no paga, por fallecimiento temprano?

Ahora, tiene gracia, cuando fui a solicitar la ayuda especial por mi hija menor, me dijeron que no correspondía porque mi marido no es aportante del BPS y yo tampoco, pero si de pagar se trata, una deuda de terceros, parece que que te reconocen como ciudadano.

Cuando termine esta historia, les cuento para que sepan a qué atenerse.


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23 comentarios:

Anónimo dijo...

En el dia de la fecha 24/10/09 soy Damiana Rosa madre de 5 hijos, tengo 53 años, con el cuerpo dolorido por los golpes de la vida y la miseria, he aportado durante 4 años con un salario miserable de 600 pesos, quisiera jubilarme, a quien corresponda, necesito ayuda, informacion y una mano extendida.

La Ciudadana dijo...

Hola Damiana
con tu edad es difícil que te jubilen a no ser que tengas una causa física que te impida trabajar y en eso, son super exigentes. Te digo porque para conseguirle a mi madre dos mil pesos de jubilación que le correspondían por incapacidad pero también por edad, tuve que dar vueltas 1 año y medio.

Tendrías que ir a BPS, nadie más que ellos te pueden informar.

Lamento muchísimo tu situación y espero que puedas resolverla.

Anónimo dijo...

POR FAVOR CONTAME COMO TERMINO EL TEMA DE LAS DEUDAS DE BPS PORQUE ESTOY EXACTAMENTE EN LA MISMA SITUACION CON LA EMPLEADA DE MIS PADRES!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

La Ciudadana dijo...

Mirá Anonimo
me agarrás justo. En pleno lío.
Embargaron la casa de mi suegro, y estamos en juicio con el BPs.

Claro que de esto nos enteramos hace una semana, porque estábamos esperando a la respuesta del BPS ante nuestros descargos.

Y recibimos el cedulón ejecutivo contra la casa que era de mi suegro... de locos!

No firmes nada en el BPS, conseguite ya un abogado, si no tenés y podés pagar, avisame que te mando al mío.

Anónimo dijo...

por favor mandame los datos de tu abogado
gracias!

La Ciudadana dijo...

Ok, mandame un mail a laciudadana@adinet.com.uy y ahí te mando los datos. Es por un tema de seguridad mía...

saludos,

maravilla dijo...

Respecto al tema BPS- SABIAS QUE SOS CODEUDOR O GARANTIA DE TU FAMILIA?- Muy interesante tu blog ciudadana, lastima que recien me entero de su existencia!!!. respecto al embargo que el BPS le trabo a la familia de la persona fallecida, el tema es que nuestro Codigo Civil establece que se heredan no solo los bienes sino tambien las deudas. El Bps averigua quienes son los herederos, les notifica de la deuda que dejo el causante fallecido en el organismo y si los herederos no la pagan, los embarga.Aplica las disposiciones legales en la materia.Cada dia mas escucho casos como este.Saludos

La Ciudadana dijo...

Hola Maravilla
si, tal cual, ahora en el caso de esta familia, el "deudor" no fue deudor hasta pasados 8 años de su muerte, y estaba hecha la sucesión, vale decir, la imputación de la deuda fue 8 años post-mortem, o sea, una vez que la sucesión se ha terminado, no pueden demandarte por una deuda que no existía al momento del fallecimiento del demandado y mucho menos a la fecha de la sucesión.

Se pasan todos los códigos por allá donde no da el sol, y te quieren cobrar cualquier cosa, hoy la deuda asciende a más de 50 mil dólares por 2 años de aportes reclamados fuera de tiempo y forma.

Son de terror, pero he sabido de otros casos, donde además de deudor solidario también sos responsable solidario por toda la parentela.

Inaudito!

Anónimo dijo...

La verdad que estoy asombrada. Lo mejor es no contratar mas empleadas/os domésticas/os, porque uno termina perdiendo la vivienda. Me gustaría saber en que termina toda esta tragedia. Pero me parece que el BPS està fuera de todo plazo, porque si luego de hecha la sucesión pasaron 8 años y recièn reclaman una presunta deuda, no tienen que pagarla. Me parece que cuando se hace una sucesión se realizan publicaciones y se da un plazo para que se presenten los acreedores, vencido el cual si no se presentó nadie, sigue la sucesión en el juzgado hasta finalizar la misma. Pero si seguimos el criterio del BPS, pueden reclamar un supuesta deuda, no importa cuántos años hayan pasado, para mí eso es un disparate. Vuelvo al principio no contratar más empleados/as domésticos para no perder nuestras vivienda, que estamos años para poder construirlas. Buena suerte, informame (si podès) como te fue con el BPS. Saludos y suerte.

La Ciudadana dijo...

Hola Anónimo,
mirá, ni haciendo la sucesión a beneficio de balance como se dice, nos hubiera salvado.

Contratamos 2 abogados, uno civil y otro de Administrtiva, porque ese juicio era una locura total, contraviniendo todo lo legal, porque la deuda se genera después de terminada la sucesión.

La casa tiene embargo ejecutivo, vale decir, cuando el BPS lo dispongan la remantan y mi cuñado irá a la calle, porque esa casa no paga la deuda que dice el BPS que tenemos, imaginate que si no llega al valor que nos reclaman, luego vendrán por nosotros.

Mi cuñado se que fue, movió cielo y tierra, y no se a qué acuerdo llegó de pagar una cuota mínima a cuenta, para que no lo dejen en la calle, trabajo no consiguió, sigue con changuitas, como quedó sin trabajo hace mucho, no tiene años para jubilarse, nadie que te de changas te paga BPS, así que tendrá que trabajar hasta el día que se muera para que no lo saquen de ahí, y no enfermarse nunca porque si se atrasa, pierde el convenio que hizo.

Pero lo más triste es que esto alcanza a mis hijas también, si mi marido y yo nos morimos, ellas heredan lo que hay y ahí les pueden caer a ellas.

La única manera de que zafen, y no se, tengo que preguntarle al abogado, es rehusarse a ser herederas de nada del tío, así el problema no las alcanza también.

Es toda una historia....

maravilla dijo...

Hola ciudadana. Tus hijas,si son herederas algun dia del tio, deben aceptar la herencia bajo beneficio de inventario,Con respecto a este caso, no entiendo bien que paso, como dice Anonimo los acreedores tienen un plazo de 30 dias para presentarse despues que se realizan las publicaciones en diario oficial y otro diario, pero 8 años despues???

La Ciudadana dijo...

Hola Maravilla,
si, tal cual, en el juicio administrativo, donde se objetó justamente esto, la jueza entendió que aún sin notificaciones a mi marido, debió haber sabido del embargo, que además, la deuda se generó antes aunque se demanda 8 años después, la demanda era por 10 años de aportes cosa que no era cierto, pero bueno, por tema de plazos sólo pudo reclamar por 2 años.

En el caso de mis hijas, si totalmente, o que rechacen la herencia y listo.

Además en este caso, si hubiéramos ido a beneficio de inventario, que no lo hicimos porque mi suegro era super prolijo, no había motivos... igual nos hubieran trabado el embargo, no cambia nada, dado que si la sucesión está terminada, no se puede demandar después de eso.... fijate que la sucesión se terminó en 2002 y demandan en 2009

Ahora es así... mi escribana que hizo la sucesión, no podía creerlo!

maravilla dijo...

Y pusiste dos abogados!!!! Apelaron la sentencia de la jueza?? Sento un precedente de locos.

Nane17 dijo...

COMO TERMINO EL TEM BPS? ESTOY IGUAL!!! QUE ABOGADOS CONTRATASTE? A QUE DIRECCION TE PUEDO ESCRIBIR?

La Ciudadana dijo...

Aún no terminó, pusimos dos abogados, uno civil y otro administrativo para frenar el embargo de nuestros bienes.

Escribime a marialecoppola@yahoo.es

Anónimo dijo...

Y como termino el juicio ?

La Ciudadana dijo...

El juicio terminó en que la jueza, entiende que aún hecha la sucesión y haber pasado 8 años de la muerte de mi suegro, el reclamo del BpS está bien, así que mi cuñado aún hoy, sigue tratando de arreglar algo que pueda pagar, con las changas que hace.

Ahora, el problema, es que una de mis hijas, aún así, va a heredar el problema, eso no tenemos cómo resolverlo.

Y ella podrá rechazar la herencia de su tío, que no hay nada, pero no se qué pasa con sus propios bienes, ni hasta cuando pueden perseguir a mi familia, aún cuando yo no esté, con esta historia.

Ahora que me decís, voy a averiguar eso, justo lo charlamos con mi marido hace unos días, y para mi, mi hija, nunca va a poder tener nada a su nombre, dado lo que pasó....

Alicia dijo...

Cuando un tramite de pencion queda finalizado que sigue

Anónimo dijo...

Después de finalizado el trámite que sigue

sasa asndas dijo...

Hola. 2019 en que quedó todo esto. Yo estoy en la misma

sasa asndas dijo...

Yo estoy en la misma. La ex enpleada de mi padre fallecido reclama 15 años de aportes. Pero las deudas anterior a 10 años prescriben. Logre bajar de 400.000 pesos a 305.000 pero la voy a seguir peleando. Mas adelante les cuento. Estoy en mayo del 2019..

sasa asndas dijo...

Actualizo la info. Resulto q si me prescribieron algunos años. Me bajaron de 400 a 305 mil pesos para luego matarme con los recargos. Ahora devo 450 mil pesos.. manga de jodedores 29/05/2019

sasa asndas dijo...

Pudiste resolver este tema? Estoy en la misma..