viernes, 29 de abril de 2011

Resolución de la Asamblea de Escribanos

Me parece bárbaro, ellos que pueden que se defiendan de este monstruo mal parido que es el SIS.

Los que tenían cajas de auxilio y otros medios de salud, con otras coberturas, se jodieron, por lo menos que alguien pueda defender lo que han logrado hasta ahora.


Asamblea Nacional Extraordinaria - 27.04.2011 - Resolución
28.04.2011
Moción aprobada.


La asamblea de socios de la Asociación de Escribanos con fecha 27 de abril de 2011 resolvió lo siguiente:

1. Solicitar una entrevista con el presidente de la República para exponer la propuesta de modificación de la Ley 18.732, sobre la base de las pautas votadas por el gremio en noviembre de 2010 y su respectiva fundamentación. Todo a efectos de que el Sistema Notarial de Salud se armonice con el Sistema Nacional Integrado de Salud y se alcance la cobertura de hijos incapaces y cónyuge o concubino por el Fondo Nacional de Salud, con el aporte previsto por la Ley 18.211, manteniéndose el SNS como servicio autónomo, autofinanciado y autogestionado por la Caja Notarial de Seguridad Social.

2. Solicitar al Poder Ejecutivo el dictado de un Decreto que prorrogue el ingreso, previsto por la Ley 18.732, de los afiliados a la Caja Notarial hasta el 1 de julio de 2012, instalando una mesa negociadora con representantes del Poder Ejecutivo y del gremio notarial. Esta mesa negociadora tendrá como objetivo acordar las modificaciones a la referida norma de manera de armonizar el actual Sistema Notarial de Saludo con el Sistema Nacional Integrado de Salud, en el marco de las excepciones previstas en la propia Ley 18.211.

3. Presentar de inmediato por los afiliados que así lo deseen los Recursos de Inconstitucionalidad de la Ley 18.732.

4. Que la Asociación de Escribanos del Uruguay, así como los afiliados que lo deseen, presente de inmediato la denuncia ante la Comisión Interamericana de DDHH con el fin de obtener la medida cautelar deteniendo la aplicación de la Ley 18.732 antes del próximo 1 de julio. A efectos que se siga el procedimiento de un acuerdo amigable que logre alcanzar la modificación de la Ley 18.732 ya señalada. Dado que sólo quedan sesenta días de plazo para obtener que el Estado uruguayo cumpla con la medida cautelar, se designe una Comisión integrada por cuatro personas a saber: Escs. Juan Pablo Croce, Teresa Gnazzo, Eva Guerra y María Wonsiak para que en forma urgente realice la procuración de la denuncia, siendo el costo por todo concepto de cargo de la Asociaicón de Escribanos del Uruguay, que deberá suministrar sin demora los recursos económicos necesarios.

5. Que se informe a la ciudadanía ante los medios de comunicación y, de ser necesario, mediante solicitadas en los diarios de circulación nacional, que el colectivo notarial no defiende privilegios sino un sistema autofinanciado, sin aportes del Estado, al que tiene derecho por las leyes y por la constitución de la República y por la vigencia de los Derechos Humanos consagrada en tratados internacionales.

6. Que la Caja Notarial haga entrega inmediata de la prueba solicitada en nota cursada por las Escs. Gnazzo y Wonsiak el 7 del presente mes.

7. Que la Asociación de Escribanos del Uruguay haga entrega de copia de las actas de asamblea y de otros recaudos que sea necesario acompañar a la denuncia.

8. Que se convoque a los integrantes del gremio que deseen prestar testimonio ante Escribano o agregar testimonio de su historia clínica, a efectos de probar su estado de salud ante la Comisión Interamericana de DDHH.

Montevideo, 27 de abril de 2011

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