lunes, 29 de agosto de 2011

Con estos jueces, estamos todos en el horno

Con este tipo de actuación, si, estamos todos en el horno. Imaginate que vos, mañana tenés un problema con la justicia, y te toca uno de estos jueces que prejuzgan sin pruebas, o que presumen que sos culpable, no hay abogado que pueda ayudarte, porque la ley se la guardan en el bolsillo y juzgan según lo que ellos creen que pasó.

Resulta que una jueza, participa de la marcha del silencio y acá no pasó nada, sin embargo en su juzgado, juzga delitos cometidos en dictadura, pero parece que eso no tiene mucha importancia, que es tan elevada espiritualmente, que sus creencias y sus gustos políticos no influyen en lo que juzga.... vamos....

La justicia se ha prostituido, y si no podemos confiar en los jueces, en quién podremos confiar?

Otro ejemplo, a los asesinos, chorros, etc. no los encuentran o los mandan para su casa, digo, por los menores "infractores", pero uno defiende lo suyo, con la mala suerte de matar a un chorro y te llevan al toque.... y esto fue por la jueza actuante, no fue por la policía.

Patético, pensar que en una época los señores Jueces eran personas que uno miraba con aquel respeto, eran señores con gran sabiduría.... qué diferencia.

Esto fue un ajusticiamento, un linchamiento moral, no tiene goyete.


Extraído de El País
"Procesan a ancianos sin pruebas y les aplican la cadena perpetua"
Tiene a su cargo la defensa legal de Miguel Dalmao, el primer general en actividad procesado por delitos en la dictadura. Sostiene que no hay pruebas para condenarlo y menos para la confirmación del proceso que dictó el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de tercer turno. Afirma que las conclusiones de la indagatoria contra Dalmao se dan en base a inferencias o sospechas y no se tuvo en cuenta que los homicidios prescriben a los 20 años. Lamentó que los jueces se basen más en su conciencia que en la letra de la ley.

PABLO MELGAR

-Usted se manifestó sorprendido por el fallo del Tribunal de Apelaciones que confirmó el procesamiento con prisión al general Miguel Dalmao.

-Es un expediente muy especial. El argumento que se esgrime es una inferencia de una conjetura. Como hubo una dictadura y se cometieron abusos en ese período, y es posible que alguien haya muerto como consecuencia de las torturas, se da por probado en este caso que la joven Nibia Sabalsagaray fue torturada y murió como consecuencia de ello. Pero no hay pruebas. Sin embargo, hay elementos muy fundados para pensar que se trató de una muerte voluntaria.

-¿No está probado que Dalmao participara en torturas?

-No, no está probado; ni siquiera que se tratara de un homicidio. El Tribunal, prejuzgando claramente, dice que hubo un homicidio y que Dalmao participó del maltrato físico, pero de ello no hay prueba ninguna, eso es una inferencia de una conjetura. Es una convicción que, creo, no se puede hacer a esta altura del proceso. Esta sentencia, en esta etapa, habilita simplemente a despejar una incógnita para someter a juicio a una persona que es inocente hasta que se pruebe lo contrario. El Tribunal, en cambio, ya está diciendo que hubo un homicidio y que lo provocó mi defendido. Eso es inadmisible, es prejuzgamiento. Yo pienso que cuando los tribunales mantienen un auto de procesamiento deberían limitarse a decir que "a juicio del Tribunal existen elementos suficientes que se siguen indagando", y reservar todo tipo de juicio. Cuando el Tribunal hace un juicio tan lapidario, me pregunto qué vamos a discutir de acá en adelante si (el acusado) ya está condenado antes de empezar el proceso.

-¿No hubo testimonios que involucraban a Dalmao en la tortura y homicidio de Nibia Sabalsagaray?

-No, no hay nada de eso. Hay testimonios de gente que afirma que en los cuarteles se torturaba y que había una dictadura. Generalidades. Si no se cree en la inocencia del indagado, se debe admitir que hay una duda razonable. En este caso estamos frente a una duda que no se puede despejar. No hay nada que se pueda aportar 40 años después que nos permita aclarar el hecho.

-Usted señaló que este es un caso especial, se trata de un oficial en actividad y el procesamiento se produce en un momento político en que se discutía la anulación de la ley de Caducidad. ¿Cree que estos elementos influyeron para determinar el fallo inicial del juez Rolando Vomero y luego del Tribunal de Apelaciones?

-No sé, yo estoy muy preocupado, estamos frente a un juicio fundado en la sospecha. Después se pronuncian sobre el fondo del asunto, dicen que es un prejuzgamiento como si estuvieran abriendo un paraguas. Cuando se dice que hay un homicidio y un homicida agregan que es "sin perjuicio". Eso es inaceptable.

-Ante el fallo, usted afirmó que el Tribunal había incurrido en errores técnicos. ¿De qué se trata?

-Claro, se le imputa dolo eventual, que significa que el resultado (el homicidio) no es intencional. Si no se quiere el homicidio, la ley dice que es la extensión de un dolo indirecto, y el Tribunal le atribuye también "graves sevicias" (crueldad excesiva). Si no había intención de matar, no había intención de matar haciendo sufrir; es algo incompatible. Pero le endosan las graves sevicias para imputarle un homicidio "especialmente agravado" y con eso impedir la prescripción del delito.

-¿Cree que cayeron las garantías judiciales del país con este fallo?

-Esto es un juicio a la historia. ¿Qué garantías puede tener un homicida común si en estos casos tan notorios que afectan a un oficial en actividad se actúa de esta forma? Durante mucho tiempo se enseñó a los jueces que no se deben independizar de la ley. Reconozco que hay un problema filosófico o ético pero al juez le corresponde aplicar la ley. Si decimos que el juez va a obrar según su conciencia estamos fritos, su conciencia no es la mía porque hay jueces de izquierda, de derecha, religiosos, ateos, jóvenes, viejos. Si el juez va a aplicar la ley no debería importarme la conciencia del juez. En cambio, si aplica sus convicciones y creencias es el mundo de la inseguridad y la falta de certeza jurídica, eso es muy grave.

-¿Qué pasos piensa dar luego de este fallo?

-Vamos a ver. Creo que este Tribunal ha prejuzgado y no está en condiciones de juzgar, por tanto habrá que recusar a sus tres integrantes. Un Tribunal que prejuzga no puede juzgar con imparcialidad. Aquí hay un problema de tipo estructural, por eso no es una imputación únicamente a estos ministros. Por eso reclamamos la reforma del Proceso Penal, estamos más cerca de la Inquisición española que de un sistema penal moderno del siglo XXI.

-¿Cómo es la situación personal de su defendido?

-Está enfermo, estuvo muy grave. Estas condenas no son baladíes, suponen una cadena perpetua para toda esta gente, van a morir en la cárcel. Es algo brutal para Uruguay, se procesan a ancianos con muy poca o ninguna prueba.

"Estamos más cerca de la Inquisición que de un sistema penal propio del siglo XXI".

"El Tribunal prejuzgó, por eso vamos a tener que recusar a todos sus integrantes".
Perfil | Catedrático y penalista

Nombre: Miguel Langón

Nació: En Montevideo el 31 de diciembre de 1943

Hincha de: Peñarol

Otros datos: Habla 4 idiomas

Catedrático en Derecho Penal, grado 5 de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, también ejerce docencia en las universidades de Montevideo (UM) y de la Empresa (UDE).

Es miembro del Instituto Uruguayo de Derecho Penal, del que fue director durante diez años (1993-2003). Presidente y fundador del Centro de Investigación y Estudios Criminológicos (1982-1985), tiene decenas de libros publicados sobre Derecho Penal. Entre ellos "Curso de Derecho Penal y Procesal Penal".
La "peligrosidad" en discusión

-¿Qué cambian estos fallos con relación a la prescripción de los delitos?

-En Uruguay los delitos prescriben a los 20 años. Se dice, en estos casos, que los 20 años comienzan a correr a partir del 1° de marzo de 1985, con el retorno de la democracia. Entonces, el plazo debía vencer el 1° de marzo de 2005. Pero ahí se recurre al artículo 123 del Código Penal, originado en el fascismo italiano, que se refiere a la "peligrosidad" del sujeto, lo que permite elevar la prescripción en un tercio. Aquí la aplican equivocadamente para el pasado; sostienen que una persona "peligrosa" en 1971 lo sigue siendo 40 años después. Con ese criterio muchos de los gobernantes actuales, que cometieron en aquella época gravísimos delitos como el secuestro de embajadores y el homicidio del peón Pascasio Báez, seguirían siendo de por vida peligrosos. La peligrosidad es para el futuro, por tanto hay que analizar si hay riesgo de que esta persona delinca de aquí en adelante. Estas personas han pasado 40 años sin delinquir en el país, en general están retirados o muy cerca del retiro; no hay ningún elemento que permita pensar que son un riesgo para la sociedad. Y así y todo, el Tribunal dice que son peligrosos, y con eso le aumentan el plazo de la prescripción.

El País Digital

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2 comentarios:

atea dijo...

LAMENTABLE...

La Ciudadana dijo...

Yo estoy esperando agazapada a ver que hacen con Muños, con Arana y con Roselli, veremos a ver si los linchan también, pero lo dudo, ojalá me equivoque.