lunes, 15 de julio de 2013

Embargo de cuentas bancarias por deudas - modifican CGP

Este post lo he estado pensando hace varios días, desde que me enteré de que el Código General del Proceso ha cambiado, y que ahora, los deudores que sean ejecutados, serán pasibles de que se embarguen sus cuentas bancarias.

Caundo lo conversé con mi abogado, yo le decía que me parece que acá no se está obrando correctamente, dado que las empresas cada vez más, pagan salarios a través de cuentas bancarias.

El mismo gobierno que el 14 de junio firmó la promulgación, fue quien incentivó a troche y moche el uso de cuentas bancarias, tarjetas de débito, tarjetas de crédito y todo producto bancario disponible.

Ahora, le decía a mi abogado que no puede ser que embarguen una cuenta de ahorro donde está depositado el sueldo y que es fácilmente comprobable, pero mi abogado me decía, una vez que ingresa a la cuenta bancaria, es embargable igual. 

O sea, si tenés una deuda, y te ejecutan, no importa de dónde sale el dinero, si tenés una cuenta bancaria, queda embargada, si el Juez así lo dispone. Esto estará en vigencia en 60 días a partir supongo de la promulgación, o sea 14 de agosto.

Hasta ahora, solamente podían embargar una cuenta bancaria, si el acreedor poseía los datos exactos de la cuenta, hoy con el nombre de la empresa o con el nombre de la persona y el documento de identidad, es suficiente para que los bancos informen y procedan a inmovilizar las cuentas.

Esta es una de varias modificaciones que han efectuado al CGP, pero creo que esto fue lo que más me llamó la atención.

Aquí dejo parte del artículo y lo que interesa dentro de éste.

El punto 8 del artículo 380 del CGP, habilita "el embargo de las cuentas y depósitos del ejecutado en Entidades del Sistema de Intermediación Financiera, sin necesidad de otra identificación que el nombre completo de la persona física o nombre y clase de persona jurídica, conjuntamente con un número identificatorio oficial", no se incluyen
"las cuentas y depósitos de ahorro previo de vivienda radicados en el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU)".

Esto no es sólo aplicable a las entidades públicas, como la DGI sino a cualquier particular que demande a otro particular, por una deuda impaga.
 
Hay otras cosas más, pero bueno, es para quien sepa más de leyes, yo cumplo en informar a quienes no han leído sobre este tema, y que estén atentos.

 
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4 comentarios:

dannsu dijo...

Por Dios he leído tu blog y te agradezco tengo unos embargos por culpa de un abogado que me jodio y la justicia me mando archivar la causa , lamentable no? esto fue en el 2000 y todavía no he podido recuperarme de tal golpe, lo perdi todo excepto por supuesto lo que no pago. Estas cosas deberían informarlas a la población ya que son cosas importante no todos los que están embargados son mala gente. Paso el nombre para que lo sepan aunque lo ultimo que supe era que no estaba en el país Dr. Carlos Boullosa , abogado.

La Ciudadana dijo...

Hola Dannsu
Se publicó una nota en el País en junio, lo que pasa es que si no le dan un poco de trascendencia, la gente ni se entera y otros que no entienden muy bien porque manejan términos jurídicos.

Es lamentable... y si, un mal abogado te puede llevar a perder todo, yo estuve a punto de perder mi apartamento por ineficacia del abogado, me avivó la alguacil que venía por los títulos de mi casa. Me dijo que fuera con otro abogado, como sería....

Anónimo dijo...

Por ley, los salarios son inembargables. Sólo por mandato judicial te pueden embargar hasta un 30 por ciento del mismo y en ese caso llega una comunicación a tu empresa para que efectúe la retención. Sin embargo, en cierta etapa del juicio el juez ordenará bloquear (no embargar)todas las cuentas bancarias, incluida la de sueldos, porque aunque una ley de octubre obliga a los bancos a tener bien diferenciadas las cuentas sueldos, aún no lo han instrumentado. Entonces un abogado tiene que presentar un escrito para que te liberen la cuenta sueldo, pero puedes estar hasta 3 meses sin cobrar, por lo que hay que abrir el paraguas. Es increíble que en este país haya una ley que no se está cumpliendo porque los bancos dicen que no saben cómo hacerlo, aunque la misma ley les dice que en la cuenta sueldos, no se pueden efectuar otros depósitos. No pueden o no quieren? Tan ineptos son? No, son delincuentes. El que no ha pagado sus deudas porque no puede, es un deudos, pero no un ladrón. Pero los bancos y los banqueros que retienen el dinero del trabajo ajeno para especular al menos 2 o 3 meses con la plata ajena son los verdaderos delincuentes.

La Ciudadana dijo...

Hola Anonimo
he estado un poco alejada de las noticias, la verdad es que me pasparon...

Tengo entendido que aún eso no salió, o no está reglamentado.

Hasta donde se, hoy te pueden embargar sólo con el nro. de cédula tu cuenta de cobro de salario.

Como te decía en otro post, el sueldo no es embargable, nunca lo fue, a no ser que haya deudas de pensiones alimenticias, sólo en esos casos.

por eso muchos deudores, en cuanto salió la ley, vieron embargadas todas sus cuentas y fueron a pagar sus deudas.

Hay de todo, está el vivo que no paga porque no le interesa, el que se metió hasta el caracú y no sabe cómo salir porque hizo calesita con tarjetas y préstamos, y el que por cuestiones de la vida, tuvo un problema que le impidió pagar en tiempo y forma.

Conozco casos de todo tipo, que cuando los apretás, van y pagan, entonces... es obvio que bancos, financieras, crediticias, todos parten de la base de que la gente no paga porque no quiere.

Mirá que no defiendo a nadie, yo también las pasé mal, me cortaron el agua, la luz, etc., y no tenía deudas, el salario no nos daba para todo y hubo que hacer malabares, también tuve una época donde me endeudé mucho, pero salí adelante, sola, como pude, pagué todo, y tiré las tarjetas de crédito, no pedí más préstamos y hace como 20 años ya que vivimos con lo que se cobra, hay plata, se compra, no hay, no se compra y listo...

Si el dólar llega a dispararse, ni te digo el tendal que deja con toda esta sensación de que todo es barato en otros lados y la gente se mete a comprar de todo y a viajar, no preveen nada.

Cuando uno pide un préstamo o compra algo financiado, te estás comrometiendo a pagar en tiempo y forma, es un tema de responsabilidad personal, el no meterse más de lo que uno puede...